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Presumption juris tantum
Presunción iuris tantum. La fijada por la ley u otra norma compulsiva, pero que admite prueba en contrario. En ciertos casos, señala Ossorio, configura una inversión de la prueba como sucedió, en materia de accidentes del trabajo, cuando para protección legal de los afectados, todos los accidentes laborales se suponían producidos sin culpa de los subordinados, salvo que el empresario probara que se había debido a dolo o gravísima imprudencia o había sido ajeno al trabajo absolutamente.
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